Patronato
Ayuntamiento Alhaurín de la Torre
Compañía General de Canteras
Áridos y Reforestación, S.A.
ARIPISA
ARIPRESA
Buscador
Contactar
Contactar
Fundación Social Medioambiental Las Canteras de Alhaurín de la Torre
Juan Carlos I, 41 bajo
29130 - Alhaurín de la Torre (Málaga)
Email: info@fundacioncanteras.com

Teléfono: (95) 241 79 26
Fax: (95) 241 79 26

¿COMO SOLICITAR UNA SUBVENCIÓN?



Las subvenciones concedidas a proyectos susceptibles de ser subvencionados por la Fundación,  deben estar comprendidas dentro de los fines u objetivos (ver enlace de objetivos) recogidos en los Estatutos fundacionales.

Cualquier Asociación registrada en Alhaurín de la Torre y comprendida en estos fines, puede dirigirse la Fundación a través de su representante legal, especificando el proyecto a realizar y la cuantía solicitada, para lo cual puede utilizar el formulario adjunto (enlace al formulario) utilizando correo electrónico, correo certificado o entregándolo físicamente en la sede de la Fundación.


RESPUESTA A LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN



En el mínimo plazo posible y tras el estudio de la propuesta, valorando que  la misma se ajusta a los fines y objetivos, así como su cuantía. Se le responderá al solicitante sobre la viabilidad del proyecto a subvencionar aceptándola o denegándola.


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN CASO DE RESPUESTA POSITIVA



Una vez obtenida respuesta positiva, la Asociación demandante deberá presentar la siguiente documentación:

a)    Memoria de la actividad a desarrollar, acompañada del presupuesto total de la misma.

b)    Inscripción de la Asociación en el registro.

c)    Estatutos de la misma.

d)    CIF

e)    Documento acreditativo de la representación de la comunidad, asociación etc. acompañada de fotocopia del DNI del solicitante.

f)       Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Patronato de Recaudación, Seguridad Social y Ayuntamiento.

g)    Certificado de cuenta corriente bancaria.

h)     Si la cuantía concedida excede de 3.000 euros, necesita aval bancario por un importe del 75% de la subvención concedida. Si el gasto de las actividades a subvencionar ya se hubiesen producido por cuenta de la Asociación demandante, no sería preciso el aval bancario, siendo este sustituido por las facturas originales de dicho gasto.

La Asociación solicitante una vez cumplimentada toda la documentación podrá recibir hasta un importe máximo del 75% de la subvención. El resto se abonará cuando se haya justificado.

 


JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES



1.- Los perceptores de subvenciones con cargo al Presupuesto fundacional deberán justificar en todo caso a requerimiento de la Fundación la aplicación de los fondos percibidos. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se documentará mediante la presentación de la cuenta justificativa del gasto realizado.

2.- La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario, en que debe incluir bajo responsabilidad del declarante, las facturas o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención concedida. La cuenta justificativa debe incluir:

a) Memoria detallada  de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.

b) Certificación expedida por el beneficiario o su representante legal, del importe total del gasto contraído por las actividades objeto de la subvención, especificando las aportaciones de los promotores, la subvención otorgada y aquellas que provengan de otros organismos públicos o privados.

c) Justificantes de los gastos realizados con motivo de la actividad: Originales de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que reúnan los requisitos establecidos reglamentariamente.

d) En su caso, los ejemplares de los programas carteles anunciadores, fotografías y demás material gráfico, escrito o sonoro, donde conste la expresa mención en su caso recibida de la Fundación Social y Medioambiental de Las canteras de Alhaurín de la Torre.

3.- En cualquier caso, los beneficiarios deberán acatar las instrucciones y norma de justificación que, a tal efecto, se establezcan por la Fundación.

4.- Si no se justifica debidamente el total de la actividad subvencionada, se reducirá la subvención concedida por el porcentaje de los justificantes no presentados o no aceptados, siempre que se considere por la Fundación que no se ha alcanzado la finalidad para la que se concedió.

5.- El plazo de presentación de la documentación justificativa de la realización de las actividades, será de 30 días a partir de la fecha en que se realizó la actividad o el programa de actividades. De no finalizarse el proyecto o actividad de la fecha señalada, deberá solicitarse de forma escrita por el beneficiario, la ampliación del plazo de justificación, con indicación de la fecha final del mismo.

6.- Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

7.- Las subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requerirán otra justificación que la acreditación pos cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a su concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.

8.- El incumplimiento de la obligación de la justificación de la subvención en los términos establecidos o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro de las cantidades entregadas.


REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LA FACTURAS U OTROS DOCUMENTOS PROBATORIOS



Deberán presentarse originales o fotocopias compulsadas, devolviendo los originales a los interesados, caso de que sean solicitados, a la mayor brevedad posible. En las facturas se dejará constancia de que han sido utilizadas como justificante de la subvención percibida, especificando su utilización y la percepción recibida por la Fundación. En todo caso las facturas deben estar fechadas en el ejercicio económico para el que se haya concedido la subvención.


INFORME DE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE LA FUNDACIÓN



Una vez recibida la documentación pertinente, los servicios administrativos emitirán informe acerca del grado de cumplimiento de los fines para los cuales se concedió la subvención y la adecuación de los gastos realizados a los mismos.


Modelo de solicitud de subveción en pdf




Agenda
  • 26/04/2009

    La Fundación pone en marcha un proyecto de recuperación de zonas verdes degradadas Leer más...

  • 03/04/2009

    La Fundación en apoyo de la Semana Santa 2009 de Alhaurín de la Torre Leer más...

  • 27/03/2009

    La Fundación Social y Medioambiental “Las canteras de Alhaurín de la Torre” comienza su andadura Leer más...